Sistema Educativo Nacional

SISTEMA EDUCATIVO NACIONAL



Artículo 3ro. 
Toda persona tiene derecho a recibir educación. El Estado -Federación, Estados, Ciudad de México y Municipios-, impartirá educación preescolar, primaria, secundaria y media superior. La educación preescolar, primaria y secundaria conforman la educación básica; ésta y la media superior serán obligatorias. 

El Estado garantizará la calidad en la educación obligatoria de manera que los materiales y métodos educativos, la organización escolar, la infraestructura educativa y la idoneidad de los docentes y los directivos garanticen el máximo logro de aprendizaje de los educandos.

I. Garantizada por el artículo 24 la libertad de creencias, dicha educación será laica y, por tanto, se mantendrá por completo ajena a cualquier doctrina religiosa; 

II. El criterio que orientará a esa educación se basará en los resultados del progreso científico, luchará contra la ignorancia y sus efectos, las servidumbres, los fanatismos y los prejuicios. 

III. Para dar pleno cumplimiento a lo dispuesto en el segundo párrafo de la fracción II, el Ejecutivo Federal determinará los planes y programas de estudio de la educación preescolar, primaria, secundaria y normal para toda la República. Para tales efectos, el Ejecutivo Federal considerará la opinión de los gobiernos de las entidades federativas, así como de los diversos sectores sociales involucrados en la educación, los maestros y los padres de familia en los términos que la ley señale. 

IV. Toda la educación que el Estado imparta será gratuita. 

V. Además de impartir la educación preescolar, primaria, secundaria y media superior, señaladas en el primer párrafo, el Estado promoverá y atenderá todos los tipos y modalidades educativos – incluyendo la educación inicial y a la educación superior– necesarios para el desarrollo de la nación, apoyará la investigación científica y tecnológica, y alentará el fortalecimiento y difusión de nuestra cultura.

VI. Los particulares podrán impartir educación en todos sus tipos y modalidades. En los términos que establezca la ley, el Estado otorgará y retirará el reconocimiento de validez oficial a los estudios que se realicen en planteles particulares. En el caso de la educación preescolar, primaria, secundaria y normal, los particulares deberán: 

a) Impartir la educación con apego a los mismos fines y criterios que establecen el segundo párrafo y la fracción II, así como cumplir los planes y programas a que se refiere la fracción III.

b) Obtener previamente, en cada caso, la autorización expresa del poder público, en los términos que establezca la ley.

VII. Las universidades y las demás instituciones de educación superior a las que la ley otorgue autonomía, tendrán la facultad y la responsabilidad de gobernarse a sí mismas; realizarán sus fines de educar, investigar y difundir la cultura de acuerdo con los principios de este artículo, respetando la libertad de cátedra e investigación y de libre examen y discusión de las ideas; determinarán sus planes y programas; fijarán los términos de ingreso, promoción y permanencia de su personal académico; y administrarán su patrimonio. Las relaciones laborales, tanto del personal académico como del administrativo, se normarán por el apartado A del artículo 123 de esta Constitución, en los términos y con las modalidades que establezca la Ley Federal del Trabajo conforme a las características propias de un trabajo especial, de manera que concuerden con la autonomía, la libertad de cátedra e investigación y los fines de las instituciones a que esta fracción se refiere.

VIII. El Congreso de la Unión, con el fin de unificar y coordinar la educación en toda la República, expedirá las leyes necesarias, destinadas a distribuir la función social educativa entre la Federación, las entidades federativas y los Municipios, a fijar las aportaciones económicas correspondientes a ese servicio público y a señalar las sanciones aplicables a los funcionarios que no cumplan o no hagan cumplir las disposiciones relativas, lo mismo que a todos aquellos que las infrinjan.

IX. Para garantizar la prestación de servicios educativos de calidad, se crea el Sistema Nacional de Evaluación Educativa. La coordinación de dicho sistema estará a cargo del Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación. El Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación será un organismo público autónomo, con personalidad jurídica y patrimonio propio. Corresponderá al Instituto evaluar la calidad, el desempeño y resultados del sistema educativo nacional en la educación preescolar, primaria, secundaria y media superior. Para ello deberá: 

a) Diseñar y realizar las mediciones que correspondan a componentes, procesos o resultados del sistema.

b) Expedir los lineamientos a los que se sujetarán las autoridades educativas federal y locales para llevar a cabo las funciones de evaluación que les corresponden. 

c) Generar y difundir información y, con base en ésta, emitir directrices que sean relevantes para contribuir a las decisiones tendientes a mejorar la calidad de la educación y su equidad, como factor esencial en la búsqueda de la igualdad social.





PROBLEMÁTICAS DEL SISTEMA EDUCATIVO NACIONAL 

Nivel:
Entre los países que integran la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), México se encuentra muy por debajo del promedio educativo en ciencias, lectura y matemáticas, de acuerdo con el resultado del Programa para la Evaluación Internacional de Alumnos (PISA) 2015.

Deserción:
Al menos el 36% de los estudiantes mexicanos de 15 años reconocieron que se han saltado sus clases todo un día al menos una vez, de acuerdo con la prueba PISA 2015. El promedio de la OCDE es de 26%. 
Este organismo además reconoce que el 48% de los estudiantes mexicanos de 15 años tiene riesgo de abandonar sus estudios. 
El absentismo estudiantil tiene un efecto discernible en el ambiente de aprendizaje y, en última instancia, en el desempeño y el compromiso de los estudiantes, de acuerdo con el reporte.


Profesores:
México es el cuarto país con el menor porcentaje de profesores certificados de especialidad, de acuerdo con el Panorama de la Educación de la OCDE 2016.

En nuestro país, solo el 30% de los profesores de las áreas de ciencia en las primarias y secundarias está completamente certificado por una autoridad competente, cuando el promedio en la organización es de 84%. 
El estudio de Mexicanos Primero indica que 5 de cada 10 maestros recibió formación para desarrollar estrategias pedagógicas para la diversidad multicultural mexicana.

Gasto:
El gasto de las instituciones educativas por alumno entre los 6 y los 15 años superó los 100 mil dólares en los países donde mejores resultados se obtuvieron como en la prueba PISA, como Singapur (número uno del ranking), Finlandia, Austria, Bélgica, Dinamarca, Reino Unido, Noruega y Suecia. 
Pero en México solo se invierten 27 mil 848 dólares en cada estudiante de esa misma edad.
Además, según la OCDE, los salarios de los maestros mexicanos de preescolar hasta secundaria están por debajo del promedio de la organización.





DESCENTRALIZACIÓN DE LA EDUCACIÓN



El modelo de descentralización seguido en México estuvo condicionado en su diseño e instrumentación por un conjunto de factores políticos: un régimen presidencialista, de partido único/hegemónico y con una estructura corporativa clientelar.

El caso mexicano se califica como un proceso de descentralización lineal, que parte del centro hacia la periferia, en el que la autoridad central preserva el control sobre los elementos decisivos del sistema educativo, a saber:
la responsabilidad por los planes y programas educativos, la negociación salarial, los aspectos sustantivos de la carrera docente, así como el control de la mayor parte de los recursos fiscales, mientras que a los gobiernos locales se les delega los aspectos operativos y, acaso, la posibilidad de agregar contenidos propios al currículo. Por todo esto, el mexicano es un modelo muy peculiar en el contexto de otros procesos de descentralización en América Latina. 


El Acuerdo planteó cuatro estrategias:
1) Incremento del gasto educativo por parte tanto del gobierno federal como de los estatales;

2) Reorganización del sistema educativo, con dos ejes:
·    Federalismo educativo, que traspasa a los gobiernos estatales los establecimientos escolares, los recursos materiales y financieros de educación básica y normal, quedando al gobierno central la responsabilidad de la normatividad.
·         Participación social, que comprende a maestros, padres de familia y autoridades, para lograr una mayor vinculación de la comunidad hacia el correcto funcionamiento de las escuelas.

3) La re-formulación de los contenidos y materiales educativos:
reforma de contenidos y métodos en preescolar; programas de estudio y libros de texto de primaria, re-implantación del programa por asignaturas en secundaria, en lugar de áreas.

4) La revaloración de la función magisterial:
actualización, salario profesional, vivienda, carrera magisterial y aprecio social por su trabajo.




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